Este informe presenta los resultados de una investigación comparada sobre las normas, políticas e instituciones laborales y administrativas mediante las cuales Argentina, Colombia, Costa Rica y México han respondido a la violencia laboral, en particular a la violencia de género contra las mujeres, entre 2016 y 2026. El informe documenta una década de expansión normativa entrelazada con la ratificación del Convenio 190 de la OIT en estos distintos países.
Además de analizar el andamiaje legal existente, uno de los aportes de este estudio es la sistematización de la literatura académica producida en la región sobre las causas de la violencia laboral. De esta revisión teórica se deriva una propuesta de árbol de problemas que organiza algunas causas clave de esta violencia en tres niveles interconectados: estructurales (como la división sexual del trabajo y la discriminación estructural interseccional), normativas (como las definiciones fragmentadas de este fenómeno y los mecanismos que desincentivan la queja) y organizacionales (como las jerarquías autoritarias sin contrapesos y la debilidad de figuras como la inspección).
A partir de esta evidencia y de los estándares internacionales identificados, el informe propone un conjunto deseable de criterios que debería incluir una política ideal contra la violencia en el trabajo que también contemple la violencia de género contra las mujeres. Este marco se compone de once criterios de diseño explícitos (tales como la existencia de canales accesibles, medidas de reparación y perspectiva interseccional) y de ocho condiciones de éxito indispensables para su efectividad (como contar con recursos y personal adecuados).
Utilizando este modelo como lente para revisar el panorama actual de normas y medidas en los cuatro países, la investigación identifica cinco medidas promisorias que, si se presentaran en conjunto, conformarían una respuesta estatal deseable a esta problemática: la Ley 7476 en Costa Rica (por su procedimiento garantista), los Comités de Convivencia en Colombia (por su participación bipartita), la Ley Micaela en Argentina (por la capacitación obligatoria de actores estatales), la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral argentina (como institución especializada de asesoría y registro) y la NOM-035 de México (por su diagnóstico obligatorio del entorno laboral). No obstante, el informe también revela algunos retos urgentes: la carencia general de datos periódicos representativos que permitan medir la magnitud del problema (con la excepción de la ENDIREH en México), la falta de teorías de cambio explícitas que permitan identificar y medir el impacto real de las medidas y no sólo si se están implementando, la exclusión del empleo informal (que deja desprotegida a más de la mitad de la población trabajadora de la región), y la vulnerabilidad de estas políticas ante cambios de gobierno que busquen neutralizarlas o desmantelarlas.
Finalmente, el documento propone una agenda mínima de incidencia estructurada en recomendaciones concretas para gobiernos, organismos internacionales, centros de trabajo, academia y sociedad civil. El documento insta a los Estados a implementar teorías de cambio en sus políticas, blindar legalmente estas medidas ante contextos políticos adversos y pilotar mecanismos de protección adaptados a la informalidad y a las microempresas. Para la sociedad civil y la academia, se propone continuar con el monitoreo independiente, documentar sus propios procesos de incidencia y producir las evaluaciones de resultados e impacto que el Estado no está desarrollando. Este informe no sólo brinda un diagnóstico del panorama actual, sino que traza una guía práctica de transformación para construir entornos laborales seguros en la región.